Aprobado por la Junta Obligatoria Anual de Accionistas de Pluz Energía Perú S.A.A. de fecha 28 de marzo de 2025.
“Distribuir en efectivo hasta el 65% de las utilidades de libre disposición de cada ejercicio, de la siguiente manera:
- Un dividendo a cuenta: hasta el 40% de las utilidades acumuladas al tercer trimestre, pagadero entre los meses de noviembre y diciembre del ejercicio en curso.
- Dividendo complementario: hasta el 65% de las utilidades acumuladas al cuarto trimestre del ejercicio en curso, descontado el dividendo a cuenta del ejercicio entregado previamente, que se pagará en la fecha que determine la junta general obligatoria anual de accionistas del siguiente ejercicio, salvo que dicha junta acuerde modificar el destino del saldo de la utilidad de libre disposición no distribuido a cuenta durante el ejercicio en curso.
Asimismo, en caso así lo disponga la junta general de accionistas, se podrá distribuir en efectivo hasta el 100% de los resultados acumulados y/o reservas de libre disposición que tenga registrada la Sociedad.
La conveniencia de la distribución, así como los importes a distribuir y su fecha definitiva de pago, en su caso, serán definidos en cada oportunidad, sobre la base de la disponibilidad de fondos, planes de inversión y el equilibrio financiero de la compañía”.
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